Tanto en las comunidades que tienen personal contratado, como en las que no, deben cumplir también ciertas obligaciones laborales.
- Confección de contratos, nóminas, seguros sociales, situaciones de bajas, altas, suplencias, nuevos contratos o finalización de otros (jubilación o despidos), incluso conciliaciones, y su tramitación ante los respectivos organismos (INAEM, Seguridad Social, Hacienda).
- Información sobre la obligatoriedad y contratación de la coordinación o, en su caso, prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la normativa vigente.